Redacción Médica, 27 de Enero, revista digital.
Sevilla, Cádiz y Málaga, respectivamente, son las provincias que más profesionales sanitarios interinos sumarán.
Los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (SAS), distritos de Atención Primaria y hospitales, han publicado ya los primeros listados provisionales de profesionales incluidos en el proceso de interinización de personal eventual
estructural pactado en Mesa Sectorial de Sanidad el pasado mes de
diciembre. En total, y hasta el momento, son 14.319 profesionales que ya
pueden consultar las listas de adminisión en los tablones de las unidades de atención profesional de cada uno de los centros y en las intranets.
Los listados han sido propuestos por las mesas de seguimiento
constituidas en cada centro, que están compuestas por representantes de
la gerencia y de los sindicatos firmantes del acuerdo
(UGT, CCOO y Sindicato Médico). Por provincias, y de manera provisional,
los centros de la provincia de Almería han sumado 1.108 profesionales
que se incluyen en este proceso; los de Cádiz, 2.453; en Córdoba, 1.101,
y en Granada, 1.524. Por su parte, en Huelva hay 1.010 profesionales
incluidos en las listas de interinización; 954 en Jaén; 2.259 en Málaga y
3.810 en Sevilla.
Por categorías, 3.634 plazas corresponden a personal de gestión y servicios –entre las que destacan las 958 de auxiliar administrativo o las 484 de pinche y 10.635
a personal sanitario, con 2.327 plazas de auxiliar de Enfermería, 2.505
facultativos especialistas de área o las 1.783 para Medicina de Familia
y Pediatría.
Estos profesionales incluidos en las listas cumplen los criterios para obtener un nombramiento interino a
partir del 1 de febrero: ser eventuales que presten servicios de
atención de necesidades estructurales, tener acumulados en un periodo de
24 meses 12 meses como estructural en un mismo centro desempeñando las
mismas funciones, en la misma categoría/especialidad.
La sentencia del TSJA puso de manifiesto que la renovación de los nombramientos
se halla determinada con el fin de atender necesidades que no son
provisionales, y que por tanto que son permanentes, y ello legitima
reconocer el derecho de quien está en esa situación a ser mantenida en
su puesto de trabajo de manera interina hasta en tanto no se provea de
manera legal y reglamentaria mediante una oferta de empleo público.
Además, se verá beneficiado el personal que, demandante de empleo e
inscrito en Bolsa, sea contratado para cubrir las necesidades de
personal tras una jubilación u otras necesidades estructurales.
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